Imagen
Movilización IBERO Puebla
Fecha

Narrativas sobre la desaparición de personas

Subtítulo
Debemos cuestionarnos sobre las narrativas que se generan en torno a la desaparición de personas

Comparte:

Leonardo Ariel Escobar Barrios fue localizado con vida el 16 de enero de 2026. Fueron dos semanas en las que su familia, sus amistades y su comunidad no tuvieron noticias de él. Su hallazgo es una buena noticia, pero hay que recordar que nos faltan 132,313 personas que siguen sin ser localizadas, esto de acuerdo con datos del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) con corte al 19 de enero.

Lo vivido por el académico de la IBERO Puebla desde el 31 de diciembre pasado, cuando fue detenido en el Aeropuerto Internacional General Mariano Escobedo de Monterrey y hasta que fue identificado, deja ver no sólo deficiencias, abusos y problemas en la actuación institucional, que implicaron violaciones a los derechos humanos de Leonardo, de lo cual se habló en la conferencia de prensa que encabezó el rector Alejandro Guevara, sino que ha abierto la puerta a que se le revictimice y estigmatice, debido al lugar donde fue encontrado.

En un testimonio grabado y que se presentó en el mencionado encuentro con la prensa, Leonardo señaló:

“Es la primera vez que hablo desde mi voz, se ha hablado desde muchas voces, pero es la primera vez que doy mi testimonio”, tras lo cual narró los hechos, como los puede recordar, y destacó que si se encontraba en una clínica de rehabilitación fue porque el personal de este centro lo confundió por una persona en situación de calle cuando se encontraba “al borde de la muerte”.

De ahí, un primer llamado que hago a usted, querida persona lectora, y que se ha mencionado en muchos, muchos casos de violaciones a derechos humanos: hay que creerles a las víctimas, porque el hecho de que decidan alzar su voz implica un esfuerzo importante para su exigencia de justicia.

Sin embargo, el hecho de que Leonardo se encontrara en un centro de rehabilitación ha sido usado por diversos medios de comunicación para estigmatizarlo, revictimizarlo e incluso criminalizarlo, lo cual, por desgracia, es una práctica recurrente en este tipo de casos.

El tema de la estigmatización de las personas desaparecidas fue abordado en el documento Nadie Merece Desaparecer: Diagnóstico sobre la estigmatización hacia las personas víctimas de desaparición, sus familiares y las organizaciones que las acompañan, en donde se explica que como parte del proceso de estigmatización, se imponen ciertas características a las víctimas de desaparición, para culparla de lo que le sucedió, lo cual la pone en una condición de discriminación que incrementa el riesgo de que se violen sus derechos humanos.

Según el diagnóstico “la principal función de un estigma es contribuir a la deshumanización de esa persona. Construimos un relato para explicar esa imperfección que les convierte en personas inferiores o peligrosas. Hay un estándar de ‘normalidad’ que ha sido quebrado y por ello son puestas en esta situación”. Es decir, se busca establecer una condición de “anormalidad” a las víctimas y presentarlas “como parte de un mundo infame y peligroso”, lo cual genera cierta distancia entre ellas y la sociedad que se identifica como “normal”.

Esto genera un aislamiento social de la víctima, lo cual, como ya se dijo, la pone en una condición de mayor riesgo, pues a ojos de la sociedad, su desaparición se debió a algo que hizo, lo cual abona a una mayor impunidad en los casos de desaparición. Lo anterior significa que estos discursos no se quedan sólo en opiniones de presentadores de noticias, sino que son factores que influyan a una continua violación a sus derechos humanos.

Es más, ante el riesgo que implica la persistencia de estos discursos y la afectación que pueden tener en la dignidad de las víctimas de desaparición y sus familias, dentro de los Principios Rectores para la Búsqueda de Personas Desaparecidas, del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU, en su numeral 2, párrafo 3, se establece que las autoridades deben velar “porque las víctimas, incluidos los familiares, no sean objeto de estigmatización y otros malos tratos morales o difamaciones que lesionen su dignidad, reputación o buen nombre como personas, así como los de su ser querido desaparecido. Cuando sea necesario, deben tomar medidas para defender la dignidad de las víctimas en contra de ataques difamatorios”.

De ahí que las personas servidoras públicas deben cuidar la información que dan a conocer o que entregan a los medios de comunicación, pues esta puede ayudar a la construcción de una narrativa que genere estos estigmas hacia la persona desaparecidas, la cual, al ser reproducida de manera constante, impacta en su dignidad e integridad.

En este sentido, vale recordar que, de acuerdo con el Protocolo Homologado de Búsqueda “toda persona cuyo paradero o ubicación se desconozca tiene el derecho a ser buscada por parte de las autoridades”. Si bien esta responsabilidad cae en manos de las instituciones públicas de los tres niveles de gobierno, como sociedad también podemos abonar a estos procesos de búsqueda, pues la desaparición es algo que nos afecta a todos, todas y todes.

De ahí que debemos cuestionarnos sobre las narrativas que se generan en torno a la desaparición de personas: “lo que señala esta persona que aparece en mi pantalla, ¿de qué manera beneficia a la localización de la persona desaparecida?, ¿está respetando la dignidad de la víctima? o ¿sólo quiere ganar más vistas y clics?”.

Publicado originalmente en e-consulta.
Más información
Material gráfico
Misael Chirino Durán
Fotografía
Ramón Tecólt González

Solicita Información

Sexo
Motivo

CAPTCHA This question is for testing whether or not you are a human visitor and to prevent automated spam submissions.