Cablebús e Impacto Ambiental
Autoría: Gilberto Rafael Rodríguez Moreno
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Toda gran metrópoli como nuestra ciudad de Puebla debe tener y buscar un excelente sistema de transporte público y alternativas para ir de un lugar a otro, nadie podría pensar lo contario, para ello se han ideado distintas soluciones, sistema de transporte articulado, líneas o rutas convencionales, sistemas de transporte masivo como el metro, ciclovías, etc., algo relativamente nuevo surgido en Colombia es el sistema a través de un teleférico.
Toda obra de esta envergadura ya sea del sector público o privado, forzosamente debe realizar un estudio de impacto ambiental, ¿qué es eso? Regulado y descrito en la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente desde 1988 es toda obra o actividad que puede causar algún desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos con el fin de proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el medio ambiente (art. 28 LEGEEPA).
En Puebla ha causado mucha polémica la construcción del teleférico (cable bus) por la corta y poda de árboles, si realmente hacemos un examen holístico de dicha construcción, no solo son árboles, sino un todo que podría perturbar a los ecosistemas que se encuentran dentro de la ciudad, afectando tanto a personas como a seres sentientes protegidos, éstos últimos, por el artículo 4to de la Constitución.
De esta manera el constructor de la obra, en este caso el gobierno del estado debe presentar el estudio de impacto ambiental a la Secretaria de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento territorial ofreciendo las medidas de mitigación correspondientes y a su consideración, con el fin de que se haga la evaluación de la misma.
Algo que nos llama la atención, es como, por un lado, se dice que no se ha iniciado la obra, pero si en días pasados nos figábamos en el área del Parque Juárez, el parque frente al CENHCH, sobre bulevar del 5 mayo a la altura de la 23 poniente, por decir algunos, veíamos como había una máquina barrenando el suelo, a menos que nos equivoquemos, estaban haciendo estudios en donde irán los soportes del teleférico, ¿no es eso entonces iniciar la obra? Entonces si no hay permiso de impacto ambiental porqué ya están haciendo barrenamientos, si para hacer los mismos se necesita la debida autorización ambiental.
De conformidad con la propia LEGEEPA y el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, a la Participación Pública y a la Justicia en Asuntos Ambientales, mejor conocido como el Acuerdo de Escazú, los Estado, en esta caso México y el gobierno de Puebla en concreto, deben de llevar a cabo dos principios fundamentales: de transparencia y el de máxima publicidad.
Escazú también impone la obligación de divulgar información ambiental, así su artículo sexto establece claramente que las autoridades deben poner a disposición del público y difundir la información ambiental relevante para sus funciones de manera sistemática, proactiva, oportuna, regular, accesible y comprensible, de esta manera no solo se debe dar a conocer, sino debe ser en una forma entendible para la sociedad en general, es decir, para una persona no experta en temas ambientales conozca si le podría afectar o no la obra involucrada, en este caso, el teleférico.
Todas y todos los habitantes de ciudad de Puebla tenemos derecho a la información, publicidad y transparencia en términos ambientales, esperemos que las obras de barrenamientos tengan el permiso correspondiente, que el impacto ambiental del cable bus se difunda y se de a conocer en los términos del Acuerdo de Escazú con el fin de que podamos opinar todas y todos los que tengan algo que decir, ya sea poco o mucho y, al final con esa visión holística que debe tener el permiso de impacto ambiental, se resguarde a la naturaleza, incluidos en ella todas y todos.
In omne amore et serve